Normativa de tránsito y flotas · Chile

Cumplimiento normativo para flotas en Chile: Ley CATI y fiscalización

El cumplimiento normativo de flotas es mantener cada vehículo y conductor al día con la Ley de Tránsito, la jornada de choferes y la Ley CATI (Ley 21.549), que detecta infracciones con cámaras y notifica al propietario. Aplica a empresas con flotas de carga, pasajeros, escolares o livianas en Chile, y define qué responde el dueño y qué el conductor.

Etienne Araya, fundador de SmartReport Revisado por Etienne Araya, fundador de SmartReport
Actualizado:
Conductor de flota en ruta cumpliendo la normativa de tránsito en Chile
+90%

de las multas de tránsito que se publican en línea se concentran en las 25 municipalidades que SmartReport monitorea a diario para sus clientes.

Entre ellas Santiago, Providencia, Las Condes, Maipú, Pudahuel, Concepción, Viña del Mar y Rancagua.
Ley 21.549 publicada el 10/04/2023 30% de rebaja si pagas a tiempo 15 días para notificar al propietario
El problema

La multa no llega al conductor. Llega a la empresa

Cámara de fiscalización de tránsito sobre una vía

Con la Ley CATI, la cámara no ve quién manejaba. Ve la patente, y la patente es tuya.

La notificación llega al propietario inscrito del vehículo. Si la empresa no identifica a tiempo al conductor, el procedimiento sigue contra ella. Si deja pasar el plazo, pierde la rebaja. Y si no paga, la multa queda anotada en el Registro de Multas de Tránsito no Pagadas.

En una flota de 30 o 50 vehículos, eso no es un trámite: es un proceso que alguien tiene que manejar todos los días.

Ley CATI en cifras

Los plazos que tu flota tiene que cumplir

La Ley 21.549 crea el Centro Automatizado de Tratamiento de Infracciones (CATI): cámaras que detectan la infracción sin un carabinero ni un inspector presente. Estos son sus números clave, tomados del texto oficial.

Logotipo de la campaña Ley CATI de fiscalización automatizada de tránsito
1

4 infracciones automatizadas

Exceso de velocidad, circular con restricción ambiental, infringir normas de transporte que las cámaras puedan captar (como pistas exclusivas) y no respetar la luz roja. (Art. 8)

2

15 días para notificar

La Subsecretaría de Transportes notifica al propietario inscrito dentro de 15 días hábiles desde la detección, de preferencia por medios electrónicos. (Arts. 9 y 20)

3

30% de rebaja

Si no impugnas y pagas dentro de 20 días hábiles desde la notificación, la rebaja es de 30% sobre el monto mínimo de la infracción. (Art. 11)

4

Sin rebaja en 3 casos

Infracciones gravísimas, las que causan accidentes o daños a terceros, y dos o más infracciones graves en 12 meses. Esas van al Juzgado de Policía Local. (Art. 12)

5

20 días para impugnar

Ante la Subsecretaría, si el vehículo fue robado antes de la infracción, hubo un error de identificación o la placa fue clonada o alterada. (Art. 13)

6

90 días tras el último reglamento

La ley se publicó el 10 de abril de 2023 y empieza a regir 90 días después de publicarse el último de sus reglamentos. El Ministerio de Transportes proyectó ponerla en marcha durante 2026. (Art. 2° transitorio)

Cuánto cuesta no cumplir

Multas de tránsito en UTM y en pesos

La Ley de Tránsito fija las multas en UTM según la gravedad de la infracción (art. 204). Calculadas con la UTM de octubre de 2026 ($72.151):

Tipo de infracciónMulta en UTMEn pesos (oct. 2026)Ejemplos
Gravísima1,5 a 3 UTM$108.227 a $216.453Pasar un semáforo en rojo, manipular el celular sin manos libres
Grave1 a 1,5 UTM$72.151 a $108.227Conducir sin revisión técnica o sin permiso de circulación vigente
Menos grave0,5 a 1 UTM$36.076 a $72.151Estacionar en lugar prohibido, no usar el señalizador
Leve0,2 a 0,5 UTM$14.430 a $36.076Luces en mal estado, no portar la licencia

Una multa que se paga a tiempo cuesta menos. En el procedimiento tradicional, las infracciones leves, menos graves y graves tienen 25% de rebaja si se pagan dentro de los primeros 5 días; en el CATI, la rebaja es de 30% dentro de 20 días hábiles. Las gravísimas no tienen rebaja. El valor de la UTM cambia cada mes: revísalo en el SII.

Checklist

Qué revisar según tu tipo de flota

Lo básico aplica a todas las flotas. Cada tipo de operación suma sus propias exigencias.

  • Revisión técnica, permiso de circulación y seguro obligatorio vigentes en cada vehículo
  • Cada conductor con la licencia de la clase que corresponde al vehículo que maneja
  • Registro de quién maneja cada vehículo y cuándo, para poder identificar al conductor ante una multa automatizada
  • Revisión diaria de multas en las municipalidades donde opera la flota, para pagar a tiempo y no perder la rebaja
  • Política de celular: manipularlo sin manos libres es una infracción gravísima
  • Datos de contacto del propietario inscrito actualizados, porque ahí llegan las notificaciones del CATI
  • Velocidad máxima de 90 km/h en zona rural y 50 km/h en zona urbana para camiones de 3.860 kg o más de peso bruto vehicular
  • Choferes de carga interurbana: máximo 5 horas de conducción continua, seguidas de al menos 2 horas de descanso
  • Descanso mínimo ininterrumpido de 8 horas dentro de cada 24 horas
  • Litera adecuada en el camión si el descanso se hace a bordo
  • Licencia profesional de la clase que corresponde al camión
  • Velocidad máxima de 50 km/h en zona urbana y 90 km/h en zona rural para buses; los buses interurbanos pueden circular a 100 km/h
  • Choferes de servicios interurbanos: máximo 5 horas de conducción continua, seguidas de al menos 2 horas de descanso
  • Inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros del Ministerio de Transportes, cuando corresponda
  • Buses interurbanos: dispositivo electrónico de registro de velocidad
  • Licencia profesional de la clase que corresponde al bus
  • Vehículos y conductores inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares
  • Conductor con licencia profesional clase A
  • Antigüedad máxima del vehículo: 16 años, o 18 en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Magallanes
  • Cinturón en todos los asientos en modelos 2007 o posteriores, extintor, luz intermitente en el techo y letrero "Escolares"
  • Un adulto además del chofer si viajan más de cinco niños en edad preescolar
  • Velocidad máxima de 90 km/h en zona rural y 30 km/h en zona de escuela en horarios de entrada y salida
  • Límite urbano de 50 km/h; en carretera, 100 o 120 km/h según el número de pistas
  • Registro de quién tiene cada vehículo y cuándo, sobre todo en arriendos y vehículos asignados
  • Control de TAG y deudas de autopistas por patente
  • Revisión de multas antes de cada devolución o reasignación del vehículo
  • Contratos de arriendo que dejen claro quién responde por las multas del período
Responsabilidades

Qué responde el dueño y qué responde el conductor

La ley reparte la responsabilidad según el tipo de situación. Esta es la regla general; cada caso concreto lo resuelve el Juzgado de Policía Local.

SituaciónEl conductorEl dueño de la flotaFuente
Infracción cursada en rutaEs el responsable de la infracciónNo responde por la infracción mismaLey de Tránsito, art. 169
Multa por cámara (CATI)Responde si el dueño lo identifica ante el juezRecibe la notificación; si no identifica al conductor, el procedimiento sigue contra élLey 21.549, arts. 9 y 23 (modifica art. 170 de la Ley de Tránsito)
Daños a terceros en un accidenteResponsable solidarioResponsable solidario, salvo que pruebe que el vehículo se usó contra su voluntadLey de Tránsito, art. 169
Jornada y descansos del chofer de cargaDebe respetar los descansosComo empleador, debe organizar turnos y dotación para cumplirlosCódigo del Trabajo, art. 25 bis
Multa impagaSi fue identificado, la multa es suyaQueda anotada en el Registro de Multas no Pagadas si no se paga ni impugnaLey 21.549, art. 14

Esta información es general y no reemplaza la asesoría legal para un caso específico.

Cómo te ayuda SmartReport

Cumplir todos los días, sin planillas

Multas validadas: revisamos a diario las multas por pagar de tu flota en 25 municipalidades y te damos el enlace de pago, para que no pierdas la rebaja.

Exceso de velocidad por tramo: detectamos los excesos según el límite real de cada tramo, antes de que lleguen como multa.

Quién manejaba: el registro de recorridos y conductores te permite identificar al responsable cuando llega una notificación del CATI.

Vehículos de una flota con control de multas y cumplimiento normativo
Caso real

Prosegur Chile: multas al día en toda la flota

El problema
Prosegur necesitaba bajar los costos operacionales asociados a las multas validadas por distintas municipalidades y ordenar los cobros de TAG y peajes de su flota.
Lo que hicimos
Monitoreo diario de las multas validadas de cada vehículo, con el detalle de cada infracción en la plataforma, para pagarlas dentro del plazo de rebaja.

El control de multas deja de depender de que alguien se acuerde de revisar.

Lee el caso completo →

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre cumplimiento normativo y Ley CATI

¿Qué es la Ley CATI?

Es la Ley 21.549, publicada el 10 de abril de 2023. Crea el Centro Automatizado de Tratamiento de Infracciones, que detecta con cámaras el exceso de velocidad, la circulación con restricción ambiental, ciertas infracciones a normas de transporte y el no respetar la luz roja, sin un carabinero ni un inspector presente.

¿Desde cuándo rige la Ley CATI?

La ley empieza a regir 90 días después de publicarse en el Diario Oficial el último de sus reglamentos, según su artículo segundo transitorio. El Ministerio de Transportes proyectó ponerla en marcha durante 2026.

¿A quién le llega la multa del CATI si el vehículo es de una empresa?

Al propietario inscrito en el Registro de Vehículos Motorizados. La Subsecretaría de Transportes debe notificarlo dentro de 15 días hábiles desde la detección, de preferencia por medios electrónicos.

¿La empresa paga la multa si el vehículo lo manejaba un trabajador?

El propietario puede identificar al conductor ante el Juzgado de Policía Local, con antecedentes que hagan creíble que esa persona manejaba. Si no lo hace, el procedimiento sigue contra el propietario.

¿Cuánto descuento tiene una multa del CATI?

Un 30% sobre el monto mínimo de la infracción, si no se impugna y se paga dentro de 20 días hábiles desde la notificación. No hay rebaja para infracciones gravísimas, las que causan accidentes o daños, ni cuando hay dos o más infracciones graves en 12 meses.

¿Cuánto cuestan las multas de tránsito en Chile?

Según el artículo 204 de la Ley de Tránsito: las gravísimas van de 1,5 a 3 UTM, las graves de 1 a 1,5 UTM, las menos graves de 0,5 a 1 UTM y las leves de 0,2 a 0,5 UTM. Con la UTM de octubre de 2026, una gravísima cuesta entre $108.227 y $216.453.

¿Cómo se impugna una multa del CATI?

Ante la Subsecretaría de Transportes, dentro de 20 días desde la notificación. Las causales son que el vehículo haya sido robado antes de la infracción, un error en su identificación o que la placa patente haya sido clonada, alterada o robada.

¿Qué pasa si no pago una multa del CATI?

Si no se paga ni se impugna dentro del plazo, la multa se comunica al Registro Civil para anotarla en el Registro de Multas de Tránsito no Pagadas, y se pierde la rebaja.

Fuentes oficiales

¿Cuántas multas tiene hoy tu flota?

Te lo mostramos con tus patentes, municipalidad por municipalidad, antes de que se venza la rebaja.